Fm Aarón Castellanos

37 Años informando

El tiempo en Esperanza

Pronóstico de Tutiempo.net

Provinciales30-06-2020

La provincia emite una moratoria para el pago de multas

la-provincia-emite-una-moratoria-para-el-pago-de-multas 1 imagen/es

La provincia emite una moratoria para el pago de multas
Rige sólo para infracciones por exceso de velocidad que no hubieran
sido abonadas hasta el 31 de diciembre de 2019.
La Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), dependiente del
Ministerio de Seguridad, estableció una moratoria para habilitar el pago
de las infracciones que se encuentran en el Sistema de Juzgamiento de
Actas de Infracción provincial (SIJAI), por exceso de los límites
máximos y mínimos establecidos, que no hayan sido abonadas hasta el 31
de diciembre de 2019.
Se trata de actas constatadas desde el año 2016 en adelante a las que
se les ha fijado un único valor de 75 UF (Unidades Fijas) conforme lo
establece la Ley provincial 13.169. Se puede acceder a la liquidación de
la deuda a través del Juzgado Virtual que es una herramienta de
servicios que permite al usuario consultar en forma simple y segura la
información personal de sus infracciones de tránsito provinciales,
reimprimir notificaciones, y generar los cupones de pago que permitan
cancelar las infracciones de forma voluntaria, en cualquier instancia
del procedimiento.
MULTAS INCLUIDAS
Quedan incluidas en este régimen de moratoria todas las actas labradas
por infracciones de exceso de velocidad, emitidas con el código N° 15008
de la Resolución N° 0016/12 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial,
que se encuentren en el Sistema de Juzgamiento y Administración de
infracciones de la Provincia, que no hubieran sido abonadas ni
cumplidas, tengan o no descargo y que hayan sido o no impuestas por el
correo. También quedarán incluidas aquellas que se encuentren en trámite
de reconsideración o apelación ante el Poder Ejecutivo, y las incluidas
en regímenes de facilidades de pagos que hubiese caducados los
correspondientes beneficios, sus intereses y sanciones.
La deuda podrá ser cancelada en una única cuota, liquidando la misma a
través del JUZGADO VIRTUAL
(httos://www.santafe.gob.arfluzgadovidual/consultaInfraccion.do?method=inicio
[2]) de la provincia o bien se podrá solicitar el pago hasta en 6
cuotas de la liquidación correspondiente. A tales efectos el usuario
deberá comunicarse con los Juzgados de Faltas habilitados por la
Provincia, que figuran en el Sistema de Juzgamiento y Administración de
Infraccciones.
La APSV aclara que el plan queda sin efecto en caso de que no se
produzca el pago de 3 cuotas consecutivas o alternadas, a los 30 días
corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o
se produzca la falta de pago de dos cuotas del plan, a los 30 días
corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del
plan.
En este caso la Agencia Provincial de Seguridad Vial queda facultada
para instar el cobro judicial del saldo de la deuda original convenida,
por lo tanto, producida la caducidad, se perderán los beneficios de la
moratoria, debiendo recalcularse la deuda según la normativa vigente,
con la deducción proporcional de lo abonado.
Las disposiciones del presente régimen de regularización entraron en
vigencia el 15 de junio por un término de noventa días corridos,
quedando facultado el Poder Ejecutivo a prorrogar dicho plazo por un
máximo de treinta días corridos.
  MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA


Imprimir Noticia