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Agropecuarias18-05-2017

Media sanción para declarar en emergencia a la industria láctea

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Media sanción para declarar en emergencia a la industria láctea
La iniciativa propone medidas extraordinarias para sostener al sector: beneficios impositivos y subsidios al empleo dañado por la crisis, por 180 días.Con el objetivo de “contribuir al sostenimiento de toda la actividad vinculada a la elaboración de productos lácteos, asegurar la continuidad laboral de todos los trabajadores del sector y asistir socialmente a todos aquellos empleados hubieran perdido su puesto de trabajo”, la Cámara de Senadores aprobó este jueves el proyecto de ley para declarar la emergencia sobre el sector.
La iniciativa -que pasó a la Cámara de Diputados- fue propuesta por el bloque del Justicialismo y luego contó con el respaldo del oficialismo. Su texto es de los senadores Alcides Calvo (Castellanos), Danilo Capitani (San Jerónimo) y Rubén Pirola (Las Colonias).
El artículo primero declara la Emergencia de la Industria Láctea en todo el territorio de la Provincia, por 180 días, con motivo de la grave crisis que atraviesan las empresas radicadas en Santa Fe.
Además, se crea el Fondo Especial de Ayuda a la Industria Láctea, conformado por: los recursos previstos en el marco de la Ley Provincial N° 13622 y que sean derivados aeste fin, por las partidas presupuestarias que a tal fin determine el Poder Ejecutivo Provincial y por los aportes que realice el Gobierno Nacional, donaciones efectuadas desde el sector privado, e ingresos obtenidos de operaciones crediticias que se instrumenten con organismos de financiamiento tanto nacionales como internacionales.
Esos recursos se aplicarán para: disponer el pago de la Ayuda Social Extraordinaria que se crea en el artículo 5to,- otorgar subsidios y préstamos a tasas subsidiadas para las industrias, crear políticas activas que permita superar el estado de crisis terminal que atraviesa el sector lácteo, sostiene el proyecto.
Beneficios impositivos
Las empresas que elaboren productos lácteos gozarán del beneficio del diferimiento en el pago los impuestos provinciales y de los servicios prestados por el gobierno provincial, durante la vigencia del período de emergencia que se establece por la presente norma y de conformidad a las formas que determine el Poder Ejecutivo por vía reglamentaria.
El Ministerio de la Producción extenderá los certificados que avalen la condición de “empresa láctea” a fin de que sean presentados ante los organismos recaudatorios provinciales.
Desempleados
La norma establece también una ayuda social extraordinaria para todo los trabajadores de las empresas del sector lácteo que se encuentren en situación de crisis y que por tal circunstancia hayan sido despedidos o sufran suspensiones sin el correspondiente cobro de sus haberes.
La asistencia económica será equivalente al 50% de un Salario Mínimo Vital y Móvil y se extenderá durante la vigencia de la Emergencia fijadapor esta ley, o en su defecto la que determine el Poder Ejecutivo Provincial.
Otro artículo contempla que la Empresa Provincial de la Energía y las empresas prestatarias del servicio de agua potable contarán con tarifas diferenciales y facilidades de pago para los afectados.
Fuente El Litoral


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