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Se podrán financiar deudas vencidas hasta el 31 de enero, incluidas las retenciones y percepciones. El plazo máximo de cancelación será 60 cuotas ( 5 años ) con una tasa del 2,5% mensual, si se trata de una PyME, monotributista o autónomo. Para el resto de los contribuyentes, se exigirá un anticipo del 20% para mantener la tasa mencionada. Se podrán hacer múltiples planes y la primer cuota deberá cancelarse el 16 de septiembre.
Medidas anunciadas