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La abuela del caso Baraldo rompió el silencio: "El abuso no existió"
Puede el estado provincial, obligarte a arrepentirte de un delito que no cometiste, y por los que siempre sostuviste tu inocencia, para poder acceder a beneficios excarcelatorios, legalmente establecidos?
Nidia Morandini, la abuela del Caso Baraldo, cumplió ya la mitad de su condena, por un delito que no cometió (ya diez años de prision)https://www.ellitoral.com/area-metropolitana/carcel-mujeres-rejas-caso-baraldo-nidia-morandini-esperanza-abuso-conmocion-entrevista-inedita-video_0_tIQX4Rtdeh.html?fbclid=IwY2xjawMMPKFleHRuA2FlbQIxMQBicmlkETFXSVZaZzdPMFIzRXJEa1JEAR7WLiQ4pspLNc9q0CWvGjT-ud3egtZfP6WAUPmRdjvzs-9pCKhDFPpo4w_HZg_aem_-v46u045Ll9xjFOnDhdIIA.
A pesar de tener condena firme, tanto ella como su marido (fallecido en prisión), y su hijo, Juan Pablo, han sostenido su inocencia, hasta la instancia de la corte suprema de justicia de la nación, quien declaró inadmisible el recurso por cuestiones formales.
Este lunes en los tribunales santafesinos, se desarrollará una audiencia de salidas transitorias, en donde se debatirá ante un juez de ejecución penal, si Nidia tiene o no derecho, a gozar de salidas transitorias (unas pocas horas al mes, a un domicilio previamente acordado, el de su hermana, en la ciudad de Esperanza).
A pesar de tener una CONDUCTA EJEMPLAR, y CONCEPTO EJEMPLAR, durante los diez años de encarcelamiento; a pesar de haber cursado estudios, y obtenido el titulo de bachiller, y estar cursando una carrera universitaria, estando encarcelada, a pesar de haber trabajado incansablemente, tanto en la cocina, como en tareas de limpieza, como en el lavadero externo de la carcel, en donde se ha transformado en una referente de buena conducta; a pesar de haber recibido una OPINION FAVORABLE, tanto por la asesoria legal y OPINION FAVORABLE ocupacional, por parte de la direccion de la carcel de mujeres, Nidia recibio dos Opiniones desfavorables por parte del servicio penitenciario, una de una psicologa que la entrevistó quince minutos, en forma remota (Informe Psicológico), y otra de una trabajadora social, que entrevistó a su hermana (Informe Social), quien será su referente (alli se alojará Nidia), para el caso de que un juez, conceda este merecido beneficio excarcelatorio.
Previo a esa entrevista con la psicologa, le manifesté: Nidia, si no le decis a la psicologa, que estas arrepentida del delito por el cual se te condenó, no te van a otorgar el beneficio. Esa es el parámetro actual: EL ARREPENTIMIENTO.
La respuesta: Dr., ni yo, ni mi hijo, jamás nos vamos a arrepentir de un delito que no cometimos, y si tenemos que cumplir hasta el ultimo dia, aqui adentro, asi será.
El resultado: La psicologa, plasmó en su informe: "No se considera oportuno dar curso a la propuesta de incorporación al régimen de salidas transitorias.... atendiendo a su posicionamiento subjetivo de desinplicancia y desresponsabilización, en relación a la gravedad del delito por el que fue condenada."
Por su parte, la trabajadora social, que entrevistó a la hermana de Nidia, concluyó que su opinión era desvaforable, en razón de que Silvia, considera que su hermana es inocente de los delitos que se le endilgan, y que en la ciudad de Esperanza, podían esperarse hechos de violencia, con esta medida (no hay una sola persona en la ciudad de Esperanza, que avale esta horrorosa condena errónea).
El estudio que representó a la denunciante en este caso, es el estudio de la Dra. Carolina Walker Torres. (actualmente hay otra representante legal).