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Provinciales13-07-2023

Suprema de la provincia de Santa Fe ha revocado un fallo previo en la "Causa BARALDO" novedades

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Recibimos esta nota donde la abogada Alejandra Forte da a conocer lo que se venia gestionando 

 

Queridos amigos y colegas,

Hoy quiero compartir con ustedes una noticia que me llena de orgullo y gratitud. Después de una ardua lucha y un incansable trabajo, la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe ha revocado un fallo previo en la "Causa BARALDO", donde junto al Dr. Eduardo M. Jauchen y el Ps. Pablo Briggiler, formé parte del equipo de la defensa de tres ciudadanos INOCENTES que fueron falsamente denunciados y acusados de los más aberrantes hechos contra quien, por entonces, era un menor de edad.

En su flamante resolución, la Corte Suprema ha reconocido que NO ESTANDO FIRME la sentencia condenatoria, mis defendidos NO DEBEN NI DEBIERON ESTAR JAMÁS PRIVADOS DE SU LIBERTAD a título de EJECUCIÓN de dicha sentencia, pues ello es absolutamente INCONSTITUCIONAL e ILEGAL.

Menciono de modo muy sintético y para despejar toda duda, que tampoco podrían seguir privados de su libertad a título de “Prisión Preventiva” y que, dicho sea de paso, ni siquiera el Ministerio Público de la Acusación (MPA) se atrevió ya a pedir tamaño absurdo en la última audiencia que se sustanció ante un tribunal “ad hoc” (¡¡¡NO JUECES!!!) por este tema. (En otro posteo que publicaré más adelante explicaré del modo más sencillo posible este delicado y complejo aspecto).

Este es un paso muy significativo hacia la justicia y un reflejo de la importancia de respetar tanto el Código Procesal Penal de Santa Fe como nuestra Constitución Nacional.

Como saben, el ejercicio de la defensa penal en la “causa BARALDO” no sólo representa para mí la defensa técnica de mis clientes, quienes son ABSOLUTAMENTE INOCENTES de todos los abominables hechos que injusta y aviesamente se les atribuyen, sino que también constituye UN CUESTIONAMIENTO PROFUNDO A LA INTEGRIDAD DE NUESTRO SISTEMA DE JUSTICIA Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.

(En sucesivos posteos profundizaré y me explayaré sobre este aspecto y concretamente sobre el tratamiento que el Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe y sus “auxiliares”, así como algunos jueces y ciertos medios de comunicación han brindado a este caso emblemático.)

Además, esta resolución de la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe podría tener un efecto expansivo de gran relevancia. Establece un importante precedente legal, abriendo la posibilidad para que otros ciudadanos privados de su libertad sin sentencia firme puedan solicitar su libertad si se dan las mismas condiciones que las del “CASO BARALDO”. Esta decisión marca un hito en la defensa de los derechos fundamentales y el respeto al debido proceso en nuestra sociedad, e implica que el Poder Judicial endereza su camino hacia el respeto a las garantías constitucionales.

También quiero destacar que, desde el inicio de este caso, ciertos representantes del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y ciertos medios de comunicación “afines” se apresuraron a difundir que las resoluciones dictadas en el CASO BARALDO tanto por el tribunal “ad hoc” que los condenó (“NO” Jueces naturales ni constitucionales), así como por algunos otros jueces de primera y/o de segunda instancia, sentaban jurisprudencia, fundamentalmente en materia de cumplimiento 'anticipado' de condenas no firmes. Sin embargo, el reciente fallo de la Corte Suprema de Santa Fe no sólo les da un duro revés, sino que pone las cosas en su debido lugar. Este fallo de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE SANTA FE, es el que sienta JURISPRUDENCIA, no los que los acusadores pregonaban. Afortunadamente, la justicia prevalece sobre cualquier intento de manipulación mediática, y la verdad comienza a brillar con claridad.

Aunque aún estamos a la espera del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el fondo del asunto, tengo plena confianza en que, si los jueces supremos cumplen con su deber de respetar la Constitución Nacional y los Tratados internacionales de Derechos Humanos, el resultado será favorable para mis clientes.

En este sentido, cabe recordar que la prestigiosa organización internacional INNOCENCE PROJECT –sede ARGENTINA–, habiendo tomado conocimiento de la terrible injusticia cometida con la condena a estos ciudadanos inocentes, se presentó ante la CSJN como Amigo del Tribunal o AMICUS CURIAE. Su intervención ha sido de vital importancia, ya que han presentado argumentos incontestables, categóricos y sólidos que respaldan contundentemente la inocencia de los imputados y, desde el lugar de tercero imparcial, solicitan su absolución, al tiempo que cuestionan duramente la mala praxis, las numerosísimas “irregularidades”, etc., en las que la “Justicia” habría incurrido o bien consentido en esta causa. Este valioso aporte de INNOCENCE PROJECT ARGENTINA ha fortalecido nuestra lucha por la justicia y reafirma la necesidad imperante de una revisión exhaustiva en este caso.

Este éxito no habría sido posible sin el minucioso, constante y denodado trabajo de todo el equipo que constituye la defensa, el apoyo inquebrantable de mi familia y, fundamentalmente, la confianza que me han brindado mis clientes así como su fortaleza. Agradezco profundamente a todos los que han estado y continúan estando a mi lado durante este desafiante proceso.

Resistiremos y seguiremos luchando incansablemente por la justicia y esperando el fallo definitivo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Mantendré a todos informados sobre los avances en este importante caso.

¡Gracias por su apoyo constante!

Alejandra Valeria Forte

Abogada

Mat. Col. Abog. Sta. Fe T.V, Fº 128, Expte. 7837

Mat. Fed. Cam. Fed. Ros. – T° 402 – F° 667

Email: alefor@live.com.ar


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