“Lamentablemente como en tantos otros temas la comunicación del Gobierno de Cambiemos no es contundente y deja a los esperancinos en este caso, con una incertidumbre que en estos momentos críticos por los que pasamos, acentúa su impacto negativo en nuestros vecinos que temen más malas noticias para ellos y su entorno familiar, ante esta coyuntura desde el equipo del Gobierno de la Ciudad todos los que tenemos responsabilidades o contacto directo con quienes sufren esta duda lo primero que hacemos es acompañar de cerca a cada uno facilitando información y clarificando este panorama que se presenta como sombrío para muchos” explicó Romina Toledo desde la Secretaría de Promoción Social.
Entonces y frente a la información de bajas de Pensiones No Contributivas, acompañando y tratando de mejorar la calidad de información con la que cuenten nuestros vecinos decir que teniendo en cuenta lo que ha sido informado por el gobierno provincial y lo que dice el decreto 432/97. Se puede sintetizar la información en lo siguiente.
El Gobierno a través de la resolución 268/2018 de la Agencia Nacional de Discapacidad, informa que dará de baja las pensiones a aquellas personas que tengan una incompatibilidad para recibir este beneficio.
Según lo planteado desde el Boletín Oficial, la Agencia Nacional de Discapacidad aprobará un circuito para la" notificación de incompatibilidades, suspensión y caducidad de las pensiones no contributivas por invalidez". Esta notificación figurara en el recibo de
cobro de la pensión, por lo tanto la sugerencia es que en el momento del cobro del próximo mes, impriman el recibo de cobro.
Requisitos del Decreto Nº 432/97 que pueden generar una incompatibilidad:
Encontrarse incapacitado en forma total y permanente, en el caso de pensión por invalidez. Se presume que la incapacidad es total cuando la Invalidez produzca en la capacidad laborativa una disminución del SETENTA Y SEIS (76 %) o más. Este requisito se probará mediante certificación expedida por servicio médico de establecimiento sanitario oficial, en el que deberá indicarse la clase y grado de incapacidad. Dicha certificación podrá ser revisada y/o actualizada toda vez que la autoridad de aplicación lo crea conveniente.
Acreditar la identidad, edad, y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad.
Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. Los naturalizados deberán contar con una residencia continuada en el mismo de por lo menos cinco (5) años anteriores al pedido del beneficio. Los extranjeros deberán acreditar una residencia mínima continuada en el país de VEINTE (20) años.
No estar amparado el peticionante ni su cónyuge por un régimen de previsión, retiro o prestación no contributiva alguna.
No tener parientes que estén obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que teniéndolos, se encuentren impedidos para poder hacerlo; ni vivir con otros familiares bajo el amparo de entidades públicas o privadas en condiciones de asistirlo.
No poseer bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia.
No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
En relación a lo determinado en los apartados g) y h), la Secretaria de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación tendrá en cuenta la actividad e ingresos de los parientes obligados y su grupo familiar, como así también, cualquier otro elemento de juicio que permita saber si el peticionante cuenta con recursos o amparo.
En cuanto al proceso:
1- Los beneficiarios de pensiones no contributivas con incompatibilidades serán informados en el próximo recibo de cobro, por lo tanto, se sugiere imprimirla.-
2- Los que no tengan ninguna notificación en el recibo, no deben hacer nada.-
3- Los que tengan alguna notificación en el recibo deberán presentarse en la delegación de ANSES o llamar al 130, consultando los motivos. ANSES deberá informar cual es la documentación a presentar para realizar el descargo.
¿Ayuda, consultas?
Secretaria de Promoción Social área inclusión 420009 interno 128 o 203 o por mailinclusion@esperanza.gov.ar