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Regionales21-06-2018

FRANCK el templo de la parroquia Ntra Sra del Rosario es Patrimonio Cultural Provincial

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Así lo expresa el Boletín Oficial de la provincia que : " Mediante el Decreto N° 1395 firmado por el gobernador de Santa Fe Ing. Miguel Lischitz  declaró  PATRIMONIO CULTURAL  Y ARQUITECTÓNICO PROVINCIAL AL TEMPLO DE LA PARROQUIA " NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO.
 CONSIDERANDO:
Que la comunidad de Franck reconoce al templo de la Parroquia "Nuestra Señora del Rosario" como edificio representativo de sus ideales y del "espíritu de la población de Franck";
Que en el año 2016 ha sido dedarado de Interés Comunal por Ordenaza N° 1747/16 impulsada por el Gobierno local mediante la cual se declara a la Parroquia de Franck como "edificio de interés comunal con fundamento en sus aspectos cultural y arquitectónico";
Que la construcción del templo nace por iniciativa de un grupo de fieles pobladores, cuando no existía en los alrededores ninguna iglesia semejante;
Que su edificación comenzó el 11 de marzo de 1967, siendo inagurado y bendecido el 30 de Septiembre de 1972 y se consolida gracias a la participación constante de toda la comunidad que constituye una parte inseparable en la materialización y mantenimiento del mismo;
Que su estructura denota los principios básicos de la modernidad y funcionalidad, logrando una nueva estética, cuyo interior y exterior ya no tiene un límite cerrado, sino que fluye en distintas direcciones, expandiéndose a través de enormes paños vidriados;
Que su arquítectura racionalista imprime el espíritu progresista de la comunidad de Franck, demostrando ideas innovadoras emergentes de una modernidad propuesta intemacionalmente portadora de un nuevo lenguaje expresivo para la época;
Que su construcción propone una geometría transgresora plasmando la discusión intelectual de nuevas formas de la función colectiva quedando manifiesta en este organismo y en las relaciones entre sus componentes;
Que el referido templo se emplaza como un lugar de culto religioso con fuerte simbolismo, vinculado a una "iglesia abierta", en un momento histórico que soñaba con una nueva sociedad, dinámica y dialéctica que pretendía trascender los antagonismos sociales;
Que asume una significación histórica local que lo constituye de valor excepcional, siendo portador de valores intangibles transmitidos de generación en generación que lo recrean constantemente como ámbito referencial de su propia identidad;
Que el templo "Nuestra Señora del Rosario", concentra un recurso de gran valor artístico, urbanístico, de diseño y calidad arquitectónico, y que posee un alto valor simbólico por ser un espacio representativo de la comunidad de Frank, cumpliendo un rol social, activo y permanente, fortaleciendo toda su vida colectiva;
Que ha tomado intervención el Archivo General de la Provincia conforme al artículo 16 — inc d) de la Ley N° 5.516, y remarca que la valoración del bien está relacionada con su trascendencia a escala provincial y no solamente de los valores que tenga para la comunidad local, y si bien no se cuenta con registros que permitan llevar a cabo una valoración de dicho tenor, destaca que el mismo se configura como un hecho material-simbólico indisolublemente ligado a la historia local;
Que la Subdirección Provincial de Patrimonio Cultural del Ministerio de Innovación y Cultura, señala la importancia que reviste su declaratoria como Patrimonio Cultural Arquitectónico, a fín de garantizar su preservación y conservación material, destacando su impronta geométrica y singularidad arquitectónica así como su alto valor simbólico para la comunidad, fundamental para el acervo cultural de la Provincia de Santa Fe;
Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Innovación y Cultura, con su Dictamen N° 124 - AÑO: 2018;
Que la presente gestión se encuadra en lo dispuesto en los Artículos 3° -inciso e) y f)- y 4° de la ley N° 12.208;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°: Declárase Patrimonio Cultural y Arquitectónico Provincial al Templo de la Parroquia "Nuestra Señora del Rosario" de la localidad de Franck, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2°: Refréndese el presente por los señores Ministros de Gobierno y Reforma del Estado y de Innovación de Cultura.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.
Fuente Facundo Ayala


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